1.2.5. Cajas fuertes.
Las cajas fuertes deberán tener los niveles de resistencia que determine el Ministerio de Justicia e Interior, y estarán protegidas con los dispositivos de bloqueo y apertura automática retardada, que deberá estar activada durante la jornada laboral.
Las cajas fuertes han de estar construidas con materiales cuyo grado de seguridad sea del nivel 4, según la norma europea UNE EN 1143-1, y deberán contar, al menos, con la protección de un detector sísmico que estará conectado con el sistema de seguridad del establecimiento.
Contarán con un dispositivo de bloqueo, que deberá estar activado desde la hora de cierre del establecimiento hasta la hora de apertura del día siguiente hábil, y un sistema de apertura retardada de, al menos, diez minutos.
Cuando su peso sea inferior a 2.000 kilogramos, estarán, además, ancladas, de manera fija, en estructuras de hormigón armado, al suelo o al muro.
Para conseguir un alto grado de protección se necesita la complementariedad de los medios electrónicos: apertura automática retardada, bloqueo mecánico o electrónico, detectores volumétricos, microfónicos y sísmicos o similares, vigilancia óptica, videosensor, etc.
Los componentes básicos son:
- Estructura: empleo de diferentes chapas metálicas y aleaciones con alto grado de resistencia al sabotaje y fuego.
- Mecanismos: su función es transmitir las operaciones desde los elementos de cierre hasta los puntos de condena.
- Elementos de cierre: cerraduras, combinaciones y secretos.
Hemos de destacar que está generalizada la instalación de estos elementos en bancos, cajas de ahorro y demás entidades de crédito debido a las obligaciones normativas y el valor de los bienes custodiados en este tipo de establecimientos; estos condicionamientos han obligado al diseño y comercialización de muchos y variados modelos en función del espacio de emplazamiento, volumen del contenido, objeto a proteger, etc.
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