| |
|
PROTECCION CONTRA ATRACO, ROBO Y HURTO
1.2. Medios físicos (seguridad bancaria).
|
1.2.1. Cámaras acorazadas de efectivo.
Estas son algunas de las características reglamentadas de las cámaras:
- Las cámaras acorazadas de efectivo deberán tener las características y el nivel de resistencia que determina el Ministerio de Justicia e Interior.
- Las cámaras acorazadas de efectivo han de estar delimitadas por una construcción de muros acorazados en paredes, techo y suelo; con acceso a su interior a través de puerta y trampón, ambos acorazados.
- El muro estará rodeado en todo su perímetro lateral por un pasillo de ronda con una anchura máxima de 60 centímetros.
- La cámara ha de estar construida, en muros, puerta y trampón, con materiales de alta resistencia y de forma que su grado de seguridad sea como mínimo de nivel 7, según la norma europea UNE EN 1143-1.
- La puerta de la cámara acorazada contará con un dispositivo de bloqueo y sistema de apertura retardada de, al menos, diez minutos.
Las cámaras estarán provistas de las siguientes medidas de seguridad:
- Dispositivo mecánico o electrónico que permita el bloqueo de su puerta desde la hora de cierre del establecimiento hasta la primera hora del día siguiente hábil.
- Sistema de apertura automática retardada que deberá estar activada durante la jornada laboral.
- En los supuestos en que las cámaras acorazadas, con la finalidad es permitir el acceso a su interior en caso de emergencia, cuenten con trampones, éstos podrán estar libres de cualquier dispositivo de bloqueo o temporización, siempre que sus llaves sean depositadas para su custodia en otra sucursal próxima de la misma entidad o grupo.
- Detectores sísmicos, detectores microfónicos u otros dispositivos que permitan detectar cualquier ataque a través de techos, paredes o suelo de las cámaras acorazadas.
- Detectores volumétricos.
- Mirillas ojo de pez o dispositivos similares, o circuito cerrado de televisión en su interior, conectado con la detección volumétrica o provisto de videosensor, con proyección de imágenes en un monitor visible desde el exterior.
- Estas imágenes deberán ser transmitidas a la central de alarmas o, en caso contrario, la entidad habrá de disponer del servicio de custodia de llaves para la respuesta a las alarmas.
Todos estos elementos, conectados al sistema de seguridad, deberán transmitir la señal de alarma, por dos vías de comunicación distintas, de forma que la inutilización de una de ellas produzca la transmisión de la señal por la otra.
El sistema de bloqueo de las cámaras acorazadas deberá estar activado desde la hora de cierre del establecimiento hasta la hora de apertura del día siguiente hábil.
|
|
|
Su publicidad aquí

info@areaseguridad.com
|
|