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    PROTECCION CONTRA INCENDIOS

2.1. Sectorización. Puertas cortafuego.
2.1.13. Compuertas cortafuego.

Cosiste en un dispositivo metálico que se acopla a los conductos de ventilación con el fin de impedir el paso del fuego y sus elementos de un sector de incendios a sus aledaños.

Sus características más significativas se recogen en el art. 18.2. de la NBE-CPI/96: "las compuertas cortafuego deben funcionar automáticamente cuando la temperatura alcance 70º C, o cuando se produzca un incremento de más de 30º C sobre la temperatura de servicio, o bien, ante la presencia de humos en el conducto; admitirán maniobra manual, poseerán indicador exterior de posición y su funcionamiento quedará indicado de forma visual y acústica en la central de detección, si esta existe, y si no, en un lugar fácilmente perceptible. Su fijación mecánica al elemento constructivo debe ser tal que quede garantizado el cumplimiento de su función, incluso ante el desprendimiento de los conductos".

El art. 18.1. de la referida norma establece: "se considera que los pasos de conductos a través de un elemento constructivo no reducen su resistencia al fuego si el conducto dispone de un sistema que, en caso de incendio, obtura automáticamente la sección de paso a través del elemento y que garantiza, en dicho punto, una resistencia al fuego igual a la de dicho elemento".


  




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