10.1. Televigilancia, videovigilancia.
Modo de efectuar la vigilancia de instalaciones remotas mediante la conexión voluntaria desde un puesto de control o previo aviso por activación de dispositivos de alarma. En este caso facilita la verificación inmediata de las causas y veracidad de los hechos acaecidos al presentar imágenes de la zona en tiempo real.
Un sistema de videovigilancia centralizada se compone de los siguientes elementos:
- Equipo transmisor, ubicado en la zona a vigilar.
- Equipo receptor: monitor de televisión, ordenador de sobremesa o portátil.
- Medios de transmisión: RTC, RDSI, GSM, Internet, etc
Las funciones a destacar en estos sistemas son:
- Transmitir y recibir señales de video, audio y datos, además de poder realizar controles remotos.
- Control y visualización por medio de ordenador, también posible mediante consola o navegador de Internet.
- Acceso previa introducción de password o contraseña de seguridad.
- Transmisión mediante línea telefónica, microondas, radiofrecuencia, etc. o por redes Internet, Intranet, GSM, etc.
- Detección automática de la ausencia de señal de vídeo.
- Tratamiento de imágenes: mover, zoom, congelación, exportación,...
- Empleo de métodos criptográficos para asegurar la confidencialidad de las transmisiones.
- Inclusión de funciones propias de secuenciadores, multiplexores, matrices, VCR, etc.
- Integración sencilla en sistemas CCTV implantados con anterioridad.
- Aplicación muy extendida en bancos, comercios, gasolineras, joyerías, farmacias, etc.
- Posibilidad de control remoto de posicionadores, luces, calefacción, aire acondicionado,...
- En resumen, nos permite la gestión y supervisión remota de las instalaciones objeto de protección.
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