1.5. Medios homologados.
Los medios materiales y técnicos, aparatos de alarma y dispositivos de seguridad que instalen y utilicen estas empresas, habrán de encontrarse debidamente aprobados con arreglo a las normas que se establezcan, de manera que se garantice su eficacia e impidiendo que los sistemas de seguridad instalados causen daños o molestias a terceros.
El método habitual consiste en exigir que los productos estén certificados u homologados por una entidad reconocida e independiente; ello implica que los productos son conformes a rigurosas normas, siendo estos requisitos acreditados tras el sometimiento a ensayos que garantizan sus prestaciones y calidad.
Los certificados de conformidad serán emitidos por los organismos de control que se hallen acreditados a tal fin: AENOR es una entidad privada, independiente, sin ánimo de lucro y que está reconocida en el Real Decreto 2200/1995 como el Organismo Nacional para desempeñar actividades de Normalización en España.
La marca "CE" significa "Conforme (o aprobado) para Europa" e indica que el producto ha pasado pruebas esenciales de seguridad, salud y ambientales recogidas en la normativa europea.
No se impedirán el uso o consumo en España de productos procedentes de otros Estados miembros de la Unión Europea, u originarios de otros Estados signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, fabricados de conformidad con las especificaciones técnicas en vigor en dichos Estados y que garanticen unas condiciones técnicas y de seguridad equivalentes a las exigidas por las normas vigentes en el Estado español, siempre que ello se haya establecido mediante la realización de ensayos o pruebas de conformidad, equivalentes a las exigidas en España.
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