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PRODUCTOS, SERVICIOS Y APLICACIONES ESPECIALES
2.4. Puertas especiales para protección del domicilio.
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2.4.6. Elementos de cierre.
Las puertas convencionales, generalmente, son equipadas con cierres cuyo único (cerraduras monopunto) punto de clausura se encuentra en el centro e integrado en la cerradura, constando de un pestillo deslizante y otro resbalón. Sin embargo, las puertas de seguridad y blindadas pueden disponer de varios:
- Dos puntos de cierre (en el frontal) separados entre 40 y 60 cm.
- Tres puntos de cierre, uno en el centro y otros dos a menos de 30 cm. del suelo y dintel respectivamente.
- Cinco puntos de cierre, uno en el centro, dintel y suelo, más dos intermedios.
- Otras combinaciones, incluyendo puntos de encastre en el lateral.
Veamos algunos de los elementos y sus características básicas de los elementos de cierre:
- Los pestillos pueden ser redondos, planos o de gancho y en relación con el nivel de seguridad necesario será preciso disponer uno o más pestillos de enclavamiento (cerraduras multipunto) en frontal y lateral, parte superior (dintel) e inferior (suelo).
- Los mecanismos de cierre serán discretos y silenciosos en sus operaciones, e irán protegidos en contenedores resistentes a la acción de posibles atacantes.
- Ciertos equipos están provistos de dispositivo de bloqueo automático (al cerrar la puerta) y/o dispositivo (frecuentemente, pulsador) de apertura instantánea desde el interior del recinto.
- La activación de los mecanismos de cierre / apertura se hará mediante cerraduras mecánicas (accionadas por llave) o dispositivos automáticos, pudiendo ser éstos eléctricos, electrónicos o electromagnéticos, accionados por unidades de mando o control automático o manual, teclados, etc.
- Las bisagras estarán dotadas de refuerzos que impidan la acción de sierras o palancas.
- La llave debe presentar un perfil complejo (tallas en distinto plano) que dificulte la realización de copias, excepto por el fabricante o distribuidor autorizado.
Los componentes, accesorios y mecanismos de las puertas no deben suponer un riesgo para la circulación y seguridad de los ocupantes.
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