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    SEGURIDAD Y SALUD LABORAL

1.2. Mutuas de accidentes y E.P.
1.2.2. Actividades preventivas.

Las Mutuas podrán desarrollar, además de aquellas otras actividades de alcance general no dirigidas expresamente a empresas concretas, tales como estudios, encuestas y estadísticas de siniestralidad, las siguientes actividades a favor de sus empresarios asociados:
  1. Análisis e investigación de las causas y factores determinantes de los accidentes de trabajo y enfermedades profesionales.
  2. Promoción de acciones preventivas en las empresas asociadas mediante la realización de campañas de sensibilización y educación preventiva, con el fin de:

    • Fomentar el interés y cooperación en la acción preventiva en todos los niveles jerárquicos de la organización de la empresa.
    • Promover comportamientos seguros y la correcta utilización de equipos de trabajo y de protección colectiva e individual.
    • Promover actividades preventivas básicas, tales como el orden, la limpieza y el mantenimiento preventivo.
  3. Asesoramiento en materia preventiva mediante:

    • Puesta a disposición de documentación básica relativa a la legislación aplicable, guías orientadoras, carteles, referencias bibliográficas, folletos y cualquier otra información útil para estos fines.
    • Visitas a los centros de trabajo con el fin de orientar sobre las necesidades preventivas.
    • Atención de consultas.
    • Ayudas para la realización por las empresas de evaluaciones de riesgos y de las actuaciones preventivas que de ellas se deriven, así como para el control de la eficacia de la acción preventiva.
    • Orientación para la elaboración e implantación de planes y programas de prevención.
    • Orientaciones en relación con las instrucciones e información que la empresa está obligada a suministrar a sus trabajadores.
  4. Orientaciones y contribución a la formación y a la actualización de conocimientos en materia preventiva, especialmente en relación con:
    • Análisis de necesidades formativas.
    • Planes y programas formativos dirigidos a los trabajadores.
  5. Realización de jornadas y seminarios sobre actualización y puesta al día de los conocimientos en materia preventiva.
  6. Capacitación de los empresarios con el fin de poder asumir ellos mismos la actividad preventiva.
  7. Divulgación de la prevención, mediante acciones adecuadas dirigidas, principalmente, a los directivos y responsables de la actividad preventiva en la empresa.
  8. Aquellas otras actividades de carácter sanitario, tales como campañas de educación sanitaria, que impliquen una mejora de los hábitos y actitudes para el trabajo.
Estas actividades no implicarán atribución de derechos subjetivos a favor de los empresarios asociados, ni eximirá a los mismos del cumplimiento de sus obligaciones en materia de prevención de riesgos laborales.


  




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