2.5.5. Habilitación.
El Vigilante de Seguridad, JERÓNIMO LUNA TORRES, fue vilmente asesinado el día 15 de julio de 2008, en Viso del Alcor (Sevilla), mientras prestaba un servicio de transporte de fondos.
Tus amigos de juventud, de Bilbao, transmitimos nuestro más sentido pésame a su esposa, hijo, madre, hermanos y demás familia y amigos.
SIEMPRE TE RECORDAREMOS: Jesús G (DS), Joseba (DS), Michel (VS), Jonkar (VS), Javi, Jesús, Fernan, Txema, Txusma, Jose, Ander, Felipe, Pepelu, Ramón, Marco, Mariano, Oscar, Gonzalo, Pinilla, Avelino, Cipri, Luis, Juanjo,...
Los aspirantes a guarda particular del campo habrán de superar, en los centros de formación autorizados, el programa de materias establecido al efecto, el cual consta de dos partes, una referida a los contenidos de formación técnico-profesional y otra a las pruebas de cultura física.
A quienes hayan superado los módulos de formación y las pruebas físicas, los centros de formación autorizados les expedirán el correspondiente diploma acreditativo.
Quienes hayan obtenido el diploma podrán presentarse a las pruebas de selección que sean oportunamente convocadas por la Secretaría de Estado de Interior, acreditando el cumplimiento de los requisitos generales y específicos determinados.
A quienes reúnan los requisitos y superen las pruebas de habilitación, se les expedirá la correspondiente Tarjeta de identidad profesional, que les habilitará para el ejercicio de la profesión. Junto a esta tarjeta se les entregará la cartilla profesional y el distintivo.
Los guardas particulares del campo en sus distintas modalidades habrán de disponer, además, de una cartilla profesional y, si pudieran prestar servicios armados, de una cartilla de tiro, que deberán permanecer depositadas en la sede de la empresa de seguridad en la que presten sus servicios.
Los guardas deberán llevar el distintivo profesional y el de su especialidad, además de la identificación personal.
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